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Preguntas frecuentes sobre el Kit Digital para el segmento II

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Sobre el Kit Digital y el Bono Digital para el Segmento II

Respondemos a las principales preguntas que nos han hecho nuestros clientes sobre el kit digital para el segmento II, es decir empresas de 3 a 9 trabajadores.

¿Cuál es el objetivo del Kit Digital del segmento II?
Muy sencillo: incentivar la transformación digital a pymes de 3 a 9 empleados. No dejes escapar esta oportunidad.
¿Cómo puedo solicitarlo?
Para obtener el bono digital sólo tienes que rellenar el formulario de esta página diciéndonos en qué soluciones estás interesado y del resto nos ocupamos nosotras.
¿Cuál es el importe máximo que puedo obtener en el segmento II?
En este segmento la cuantía máxima es de 6.000 € y lo puedes emplear para las soluciones que más te interesan hasta llegar al tope marcado para este segmento.
¿Cómo calculo exactamente el número de empleados de mi empresa?
Puedes acceder a la web de la seguridad social y entrar en el sistema red para acceder al Informe de plantilla media de trabajadores en alta.
¿Puedo trabajar con mi agencia de siempre?
Si figura como agencia digitalizadora acreditada puedes trabajar con ella ¡¡sin problema!! De lo contrario tendrás que seleccionar una agencia que lo sea como IPSOIDEAS.
¿Cuándo voy a percibir le dinero del Kit Digital?
La empresa que solicita esta subvención y acaba siendo beneficiaria no percibe el importe directamente sino un bono digital canjeable por las soluciones que necesite. Es el agente digitalizador el que percibirá la cantidad dado que es él quién tiene que desarrollar las soluciones.
¿Tengo que hacer alguna inversión?
Lógicamente sí, debes pagar el IVA correspondiente a la solución aplicada, como en cualquier subvención. Además, si la solución que necesita tu empresa sobrepasa el limite que ofrece el Kit Digital también deberás hacer frente a esos excesos.
¿Cómo se conceden las ayudas?
Si la empresa cumple los requisitos necesarios, las ayudas se conceden por riguroso orden de solicitud. Ahora el plazo para el segmento II se abre el 2 de septiembre, y estará abierto un año, pero si estás interesados debes solicitarlo cuanto antes y no lo dejes para el último momento ya que pueden agotarse los fondos.
¿Las empresas de nueva creación tenemos derecho al Bono Digital?
No. La antigüedad mínima debe ser de 6 meses para solicitar el bono.
¿Puedo solicitar el bono digital para renovar una web antigua?
Imagínate que tienes una web que no se adapta a todos los dispositivos, en ese caso puedes solicitar el bono para realizar las mejoras necesarias, pero si quieres actualizar la versión de un Software existente, no te entraría.
¿Estas ayudas son a fondo perdido?
Sí. Por tanto, no tienes que devolver nada, pero ten en cuenta que se debe justificar el destino de esos fondos.
¿Son compatibles con otras subvenciones?
No. Son incompatibles con cualquier ayuda o subvención procedente de cualquier administración que cubran las mismas soluciones.
¿Durante cuánto tiempo me dará servicio la solución si me conceden el Bono Digital?
La solución deberá dar servicio al menos durante un año desde que la contratas. Si después de ese año decides mantener la solución deberás abonar los costes de renovación y licencias correspondientes.
¿Qué voy a conseguir con la presencia online?
Informar a tus clientes de la existencia de tu negocio o de los servicios o productos que se están perdiendo. Ampliar tu cartera de clientes. Aumentar la visibilidad y las ganancias de tu negocio.
¿Os encargáis vosotras de todo el papeleo?
Por supuesto, sólo nos tienes que rellenar un breve formulario y nuestra asesoría se encargará de todo. Tú sólo nos tienes que decir lo que quieres y ya te orientamos para ver la solución que mejor te encaja.
¿Cuáles son los pasos que vamos a seguir desde IPSOIDEAS?
Una vez rellenes el formulario del Kit Digital realizaremos lo siguiente: Atención telefónica Tramitación de la ayuda Presentación de un presupuesto personalizado Una vez te hayan concedido el bono digital continuaremos con: Firma de acuerdos de la/las soluciones Desarrollo de la/las soluciones Lanzamiento Justificación Seguimiento durante 12 meses.
¿Cuánto tiempo tengo desde que me conceden el bono para contratar las soluciones?
Tendrás como máximo 6 meses para formalizar los acuerdos de las soluciones elegidas con tu agente digitalizador.
¿Quién no puede ser beneficiario de estas ayudas?
No podrán ser beneficiarias: a. Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización, conforme al artículo 7.4 de las Bases Reguladoras. b. Las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores, en los términos previstos en la normativa aplicable, conforme al artículo 7.4 de las Bases Reguladoras. c. Las uniones temporales de empresas (UTE), conforme al artículo 7.4 de las Bases Reguladoras. d. Las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la condición de beneficiarias en alguna de las Convocatorias del Programa Kit Digital. e. Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público. f. Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

¿Qué soluciones ofrece IPSOIDEAS?

Ester Alonso
Ester Alonso
Especialista en Marketing Digital. Me interesa la publicidad, el diseño web, las redes sociales, el SEO y el SEM.

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